Novedades en el sector de hidrocarburos

Global Publication Agosto 13 de 2018

El 27 de Julio de 2018, mediante Resolución 322, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (“ANH”) ordenó la apertura del llamado Procedimiento Competitivo Permanente - 2018, que estará sujeto a los requisitos y condiciones establecidos en los Términos de Referencia (“TDR”) aprobados mediante Acuerdo 004 del 6 de Agosto de 2018 por la ANH.

Los contratos que se suscribirán como resultado de este proceso estarán regidos por la minuta que se encuentre vigente al momento de su suscripción. Hasta el momento se encuentran aprobadas las siguientes minutas : (a) para Áreas Continentales, la minuta (o modelo) de Contrato de E&P Continental aprobada por la ANH a través del Acuerdo 004 de 2018; y (b) para Áreas Costa Afuera, la minuta (o modelo) de Contrato de E&P Costa Afuera aprobada por el Consejo Directivo de la ANH mediante Acta número 6 de 2018. Para ver nuestros comentarios en el Modelo de Contrato de Exploración y Producción de hidrocarburos para Áreas Costa Afuera, haga click aquí. Si se adjudicasen Contratos de Evaluación Técnica (“Contratos TEA”) o Especiales, regirá la minuta vigente al momento de su suscripción.  

El Acuerdo 02 de 2017 de la ANH, publicado el 18 de Mayo de 2017, introdujo como novedad, entre otros mecanismos para la asignación de Áreas, la asignación de Áreas a través de un Procedimiento Competitivo Permanente. Las palabras escritas en mayúsculas que no se definen tienen el significado que se les asigna en el Glosario de Términos contenido en el Anexo 1 del Acuerdo 02 de 2017.

Según el Acuerdo 02 de 2017, mediante los Procedimientos Competitivos de Selección permanentes la ANH debe efectuar una convocatoria pública permanente para la asignación de Áreas con el fin de que: (i) las empresas inscritas y habilitadas para hacer propuestas en el Registro de Interesados (también contemplado en el Acuerdo 02 de 2017) presenten a la ANH Propuestas destinadas a la selección de Áreas y la adjudicación de Contratos de E&P o Contratos de Evaluación Técnica (TEA), de acuerdo con los términos de referencia que emita la ANH; y (ii) la ANH publique la recepción de Propuestas de esta naturaleza e invite públicamente a las demás empresas interesadas en tales Áreas y Contratos, que reúnan los requisitos de Capacidad para el efecto y dispongan de o soliciten Habilitación, a competir por su asignación y adjudicación, mediante la presentación de Propuestas, dentro de determinado plazo, ajustado a los mismos términos de referencia. Según el Acuerdo 02 de 2017, estos términos de referencia dispondrán que quien o quienes hayan presentado la Propuesta inicial tendrán opción de mejorar las Propuestas presentadas posteriormente, siempre respetando los principios rectores de la actuación de la ANH, contemplados en el Artículo 3 del Acuerdo 02 de 2017.   En esta ocasión, dado que la ANH aún no regula el Registro de Interesados, las empresas que quieran participar deberán presentar los documentos necesarios para su habilitación y dicha habilitación será válida para todo el proceso competitivo.

Las Áreas susceptibles de asignación a través de este procedimiento competitivo serán las incorporadas al Mapa de Áreas a iniciativa de la ANH, las cuales estarán publicadas por un término de dos meses y disponibles para recepción de Propuestas de Contratos por dos meses más, desde la fecha de la publicación del Mapa de Áreas. También podrán ser asignadas a través del procedimiento las Áreas previamente delimitadas por el Consejo Directivo de la ANH, a solicitud de particulares previamente habilitados para ello por la ANH.

Para participar en el Procedimiento, las empresas deberán adquirir previamente un paquete de datos para cada área. La compra del paquete de información es un requisito indispensable para participar.

De forma resumida, el procedimiento descrito en los TDR  es el siguiente:

1. Solicitud de Habilitación y Propuestas:  Los Proponentes deberán presentar los documentos que acrediten sus Capacidades para Contratar con la ANH, la Propuesta respectiva para cada Área y la garantía de seriedad en un término de 2 meses que iniciará con la fecha de publicación de áreas.  La ANH deberá definir el mecanismo para la entrega de documentos de Habilitación, con el fin de determinar el orden de llegada y así establecer quién es el primer Proponente. Cada Propuesta se mantendrá cerrada hasta la etapa de apertura de Propuestas.

2.Declaración del Primer Oferente en áreas presentadas por la ANH: Una vez habilitado el proponente, éste obtendrá un número de identificación personal (“PIN”) lo cual le permitirá radicar la oferta económica y garantía de seriedad de la oferta. Si la garantía está presentada en debida forma y el proponente cumple con el puntaje mínimo según el tipo de Área, este será declarado como Primer Proponente para cada Área. En caso contrario, se proseguirá con el siguiente en orden de llegada de acuerdo con el PIN.

3.Publicación, Apertura de Propuestas y traslado al primer Proponente: la ANH publicará el nombre del primer Proponente y la identificación del Área objeto de la Propuesta, con el fin de que otros interesados presenten sus solicitudes de Habilitación y Propuesta, para lo cual los TDR otorgan un término de 30 días.  Si la ANH no recibe más Propuestas para dicha Área, continuará con el proceso de asignación tomando en cuenta la única Propuesta recibida.

4.Audiencia de Apertura de Propuestas: De acuerdo con el procedimiento establecido en los TDR, la ANH llevará a cabo la apertura de Propuestas y dará a conocer a los interesados la información recibida.

5.Evaluación y calificación de Propuestas: Se define la fórmula adoptada para la evaluación de Propuestas, en la cual se incluye el puntaje obtenido por el Proponente según el tipo de Área, más las actividades adicionales de exploración y el porcentaje de producción (X%) ofrecido. Como criterios de desempate se han establecido: (i) en primer lugar, la mayor participación en la producción (X%) ofrecida;  (ii) en segundo lugar (en caso de persistir el empate) la mejor retribución económica ofrecida a la ANH para la adjudicación del Contrato (un porcentaje en números enteros igual o superior a 1% del puntaje total de los programas exploratorios mínimo y adicional que el Proponente tiene la facultad de ofrecer solo para casos de empate); y (iii) finalmente, como última instancia, se hará un sorteo con balotas.

Sobre evaluación de capacidades, vale la pena destacar que la industria está atenta a que los puntajes mínimos exigidos para los programas exploratorios (los cuales serán definidos por el Consejo Directivo de la ANH dependiendo del tipo de Área) sean realmente competitivos. Así mismo, destacamos que se ha generado inquietud porque será la ANH quien definirá el orden de preferencia  en la adjudicación de Áreas cuando un mismo Proponente presenta varias ofertas, de acuerdo con el puntaje obtenido al evaluar la capacidad financiera, por lo cual no se permitirá a cada Proponente definir dicho orden de preferencia.

5.1. Evaluación de la Capacidad Técnica: Con relación a la evaluación de Capacidad Técnica de las compañías, destacamos que no se exige un mínimo de pozos perforados, a pesar de haber sido exigido en anteriores procesos competitivos.

Para Áreas Continentales de tipo convencional se exige acreditar:

- Reservas probadas para el último ejercicio fiscal no inferiores a 2 millones de barriles equivalentes.

- Producción mínima operada de 1.000 barriles equivalentes por día en promedio durante dos años en los últimos cinco años.

Para Áreas Costa Afuera de tipo convencional se exige acreditar:

- Reservas Probadas para el último ejercicio fiscal no inferiores a 50 millones de barriles equivalentes.

- Producción mínima operada de 20 mil barriles equivalentes por día en promedio durante dos años en los últimos cinco años.

5.2. Evaluación de la Capacidad Financiera: La Capacidad Financiera será determinada, igualmente de acuerdo al tipo de Área, en puntos así:

Para Áreas Continentales maduras o exploradas de tipo convencional, se exige un puntaje mínimo de 1.500 puntos.

Para Áreas Continentales emergentes o semi-exploradas de tipo convencional, se exige un puntaje mínimo de 1.200 puntos.

Para Áreas Continentales inmaduras o de frontera de tipo convencional, se exige un puntaje mínimo de 1.000 puntos.

Para Áreas Costa Afuera de tipo convencional, se exige un puntaje mínimo de 24.000 puntos

Los puntajes se calculan de acuerdo a las fórmulas establecidas en los TDR.

Adicionalmente, la ANH evaluará las capacidades jurídica, medioambiental y en materia de responsabilidad social empresarial.

6. Adjudicación: Definido el orden de elegibilidad con base en los criterios adoptados, la ANH le notificará al primer Proponente. Si este no es el primero en dicho orden, la ANH le permitirá superara la mejor Propuesta. Si el primer Proponente no lo hiciere, la ANH adjudicará el Área y el correspondiente Contrato a quien presentó la mejor Propuesta.

Los TDR y demás documentos del proceso están disponibles en la página web de la ANH.

Por favor no dude en contactarnos con sus dudas o comentarios. Estaremos encantados de poder asesorarle.



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