Revisión de contratos por parte de PDVSA

Global Publication Diciembre 2017

El Ministerio del Poder Popular de Petróleo publicó la Resolución N° 164 mediante la cual estableció un “Régimen de Revisión y Validación de Contratos Nacionales y/o Internacionales suscritos por PDVSA, sus Filiales y Empresas Mixtas donde PDVSA detente acciones” (la “Resolución”), la cual fue publicada en la Gaceta Oficial N° 41.294 de fecha 6 de diciembre de 2017 y que está dirigida a contratos suscritos, actualmente vigentes, y a contratos por suscribirse.

Por lo que respecta a contratos nacionales e internacionales suscritos, actualmente vigentes, por parte de Petróleos de Venezuela, S.A. (“PDVSA”), sus filiales y empresas mixtas donde PDVSA detente acciones:

  • Dichos contratos quedan sujetos a revisión y validación de la Presidencia de PDVSA durante 30 días continuos;
  • En dicha revisión y validación se evaluará que hayan cumplido con los requisitos legales, financieros, presupuestarios y técnicos correspondientes que permitan considerar y formar opinión sobre su existencia, validez y conveniencia para la empresa; y
  • De observarse la presunta inexistencia de algún requisito de validez y/o afectación al patrimonio de la empresa, se tomarán los correctivos necesarios conforme a la normativa aplicable.

Por lo que respecta a contratos nacionales e internacionales por suscribirse por parte de PDVSA, sus filiales y empresas mixtas donde PDVSA detente acciones:

  • Dichos contratos estarán sujetos a la revisión y validación previa de la Presidencia de PDVSA para evaluar el cumplimiento de los requisitos legales, presupuestarios, financieros y técnicos que permitan juzgar sobre su existencia, validez y conveniencia para la empresa;
  • La ausencia de dicha revisión y validación por la Presidencia de PDVSA afectará la existencia y/o validez del contrato y, por lo tanto, el cumplimiento de obligaciones bajo los mismos; y
  • Ninguna autoridad administrativa y/o financiera de PDVSA, filial o empresa mixta donde PDVSA detente acciones podrá dar válidamente su consentimiento a los contratos objeto de la Resolución.

Adicionalmente es conveniente destacar que se deja sin efecto jurídico el régimen legal de delegación interno de PDVSA, sus filiales y empresas mixtas, siendo potestad de la Presidencia de PDVSA dictar un nuevo régimen de niveles de autoridad administrativa y financiera.

Por último, se excluyen del ámbito de aplicación de la Resolución los contratos de trabajo, servicios públicos con empresas públicas o privadas y los contratos firmados con el sector público venezolano.



Recent publications

Subscribe and stay up to date with the latest legal news, information and events . . .