El día 17 de febrero de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se abroga el diverso por el que se suspenden todas las consecuencias derivadas del Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de diciembre de dos mil veinte, en términos de la resolución del incidente de suspensión derivado del juicio de amparo 16/2021, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2021 (el Acuerdo que abroga el Incidente de Suspensión).

En relación a lo anterior, es importante mencionar que el 26 de diciembre de 2020 entró en vigor el Acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a la Regulación por parte de la Secretaría de Energía (el Acuerdo) que abrogaba el Acuerdo por el que se establece la clasificación y codificación de hidrocarburos y petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a permiso previo por parte de la Secretaría de Energía, publicado en el DOF el 29 de diciembre de 2014, y sus posteriores modificaciones.

El Acuerdo establecía, que ya no se otorgarían permisos previos de importación y exportación de hidrocarburos y petrolíferos por 20 años, sino solamente de uno o cinco años, e imponía diversos requisitos para la obtención de los permisos previos. (para mayor información favor de consultar nuestra nota anterior.)

Sin embargo, posteriormente, en marzo de 2021, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se suspenden todas las consecuencias derivadas del Acuerdo en términos de la resolución del incidente de suspensión derivado del juicio de amparo 16/2021 (el Juicio de Amparo), del índice del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República (el Acuerdo del Incidente de Suspensión).

El Acuerdo del Incidente de Suspensión, establecía que en tanto se resolviera el Juicio de Amparo sería aplicable el Acuerdo por el que se establece la clasificación y codificación de hidrocarburos y petrolíferos cuya importación y exportación está sujeta a permiso previo por parte de la Secretaría de Energía de 2014 y sus posteriores modificaciones serían aplicables. (para mayor información favor de consultar nuestra nota anterior.)

Derivado de lo anterior, y de las resoluciones de los otros juicios de amparo que concedieron la suspensión definitiva con los mismos efectos del Juicio de Amparo 16/2021, la Secretaría de Energía por medio de este nuevo Acuerdo que abroga el Incidente de Suspensión suspendió todas las consecuencias derivadas del Acuerdo del Incidente de Suspensión con excepción de aquellas personas que obtuvieron una medida cautelar con efectos particulares en contra de su aplicación.

El Acuerdo que abroga el Incidente de Suspensión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, haciendo aplicable a todos los interesados en la obtención de permisos previos de importación y exportación el Acuerdo publicado el 26 de diciembre de 2020.

Asimismo, el Acuerdo que abroga el Incidente de Suspensión establece que para resolver las solicitudes de permisos previos de importación y exportación ingresadas mediante la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, estarán sujetas al Acuerdo del 26 de diciembre de 2020, por lo que prevendrá a los interesados para cumplir con los requisitos aplicables.

Para mayor información en relación con el Acuerdo que abroga el Incidente de Suspensión, favor de contactar a:

César Fernández | Socio Internacional
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