El pasado 24 de agosto de 2023, la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) publicó el Acuerdo CNH.30.06/2023 mediante el cual emitió los Lineamientos de Abandono, Renuncia y Devolución (los Lineamientos), los cuales son de carácter general y de observancia obligatoria y entraron en vigor al día hábil siguiente a su publicación.

El objeto de los Lineamientos es regular los procedimientos y las responsabilidades que los operadores petroleros deben seguir en relación con el abandono, retiro y disposición de materiales asociados a las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, así como con la devolución y entrega de áreas contractuales y de asignación.

Dichos Lineamientos, entre otras cosas, regulan:

  • Coordinación y supervisión: se establecen mecanismos para la coordinación entre la CNH, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) y la Secretaría de Energía, con el fin de regular y supervisar eficazmente las actividades de abandono y devolución de áreas.
  • Mecanismos financieros para abandono: contienen la obligación de los operadores petroleros para la constitución de mecanismos financieros en materia de abandono, incluyendo, en su caso, el fideicomiso de abandono.
  • Abandono de pozos y materiales: definen las obligaciones y los procedimientos a seguir para el correcto abandono de pozos.
  • Autorización de disposición y retiro de materiales: se establecen los procedimientos y requisitos para obtener la autorización necesaria para la disposición y retiro de los materiales vinculados a las operaciones de exploración y extracción de hidrocarburos.
  • Entrega de áreas contractuales: se detallan las obligaciones y los procedimientos que los contratistas deben cumplir al entregar las áreas contractuales al Estado.
  • Renuncia y devolución de áreas de asignación: se establecen los procesos y los requisitos que los asignatarios deben seguir en caso de optar por renunciar a un área de asignación. Asimismo, se definen los planes a seguir para asegurar una adecuada continuidad operativa o el abandono en tales situaciones.
  • Supervisión y sanciones: contienen mecanismos para la supervisión y establecen sanciones en caso de incumplimiento, con el objetivo de asegurar el acatamiento adecuado de las regulaciones.

Es importante resaltar que los contratistas que aún no cuenten con un fideicomiso de abandono tienen un plazo de 90 días naturales a partir de la fecha de entrada en vigor de los Lineamientos para presentar sus propuestas a la CNH. Además, aquellos que ya hayan suscrito contratos de fideicomiso de abandono en términos distintos a los establecidos en los Lineamientos, pueden presentar nuevos contratos o modificaciones que se ajusten a las nuevas directrices.

En el caso de los contratistas que, a la fecha de entrada en vigor de los Lineamientos, se encuentren en uno de los supuestos de devolución conforme al contrato para la exploración y extracción correspondiente, deberán notificarlo a la CNH en un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de los Lineamientos.

Para obtener más información sobre el contenido de los Lineamientos y las obligaciones establecidas en los mismos, favor de contactar a César Fernández y José Luis Romo Trujano.



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International Partner, Norton Rose Fulbright US MX, S.C.
Senior Associate

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