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ESG and internal investigations: New compliance challenges
As ESG concerns have come to the forefront in different jurisdictions, the scope of these inquiries is expanding in kind.
Global | Publication | Abril 2018
El Presidente de la República Bolivariana de Venezuela emitió en fecha 12 de abril de 2018 un Decreto publicado en la Gaceta Oficial No. 41.376, también de fecha 12 de abril de 2018, estableciendo un régimen especial y transitorio aplicable a asuntos operativos y administrativos de la industria petrolera venezolana ( el "Decreto").
El Decreto establece una serie de medidas temporales sobre cuestiones operativas y administrativas relativas a la industria petrolera, que incluyen el otorgamiento de ciertos poderes al Ministro del Poder Popular de Petróleo (el "Ministro de Petróleo"), con el fin de aumentar la capacidad productiva de Petróleos de Venezuela, S.A. ("PDVSA"), sus filiales y la industria nacional petrolera (el "Régimen Transitorio").
El Decreto establece que el Ministro de Petróleo ejercerá los más amplios poderes con respecto a la organización, gestión y administración de las empresas de la industria petrolera del sector público, particularmente PDVSA y sus filiales. Tales nuevos poderes le permiten al Ministro de Petróleo:
Los representantes, directivos responsables de las empresas de la industria petrolera del sector público deberán llevar a cabo los actos necesarios para materializar las modificaciones mencionadas, según lo instruido por el Ministro de Petróleo.
Las modificaciones o enmiendas a las normas o estatutos de las empresas de la industria petrolera del sector público realizadas de conformidad con el Decreto podrán modificar las disposiciones de los respectivos decretos de creación de empresas de la industria petrolera del sector público.
PDVSA y sus filiales ahora deberán adquirir ciertos bienes, servicios y obras basados en la modalidad de consulta de precios. Dichos bienes, servicios y obras incluyen:
El Decreto ordena que el personal profesional, especializado, técnico, administrativo y obrero que se encuentra actualmente en comisión nacional e internacional debe regresar a sus puestos naturales de trabajo para consolidar esfuerzos en sus áreas correspondientes de acuerdo con las necesidades de la industria petrolera nacional.
El Ministro de Petróleo deberá proporcionar informes trimestrales al Presidente y notificar a la Contraloría General de la República sobre el cumplimiento del Decreto.
El Ministro de Petróleo tiene la facultad de suspender la aplicación del régimen especial transitorio y las medidas administrativas establecidas en el Decreto.
El Decreto entró en vigencia en la fecha de su publicación en Gaceta Oficial y es válido hasta el 31 de diciembre de 2018, pero su validez podrá extenderse por un período de un año.
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The “First Ready, First Connected” reforms proposed by the Electricity System Operator (ESO), and which could be in place by the end of Q2 2025, aim to address existing issues with the application process for connections to the GB electricity grid.
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